Teoría General del proceso
El proceso puede ser: 1. Proceso de conocimiento. Tiene por objeto que el juez decida si existe o no existe un derecho o relación jurídica. Se parte de la incertidumbre del derecho. 2. Proceso ejecutivo. Tiene por finalidad la ejecución o la satisfacción de un derecho legalmente cierto, y a diferencia del anterior no se parte de la incertidumbre sino de la certidumbre, para que el juez haga cumplir legalmente ese derecho. 1.Contencioso o Litigioso. En el cual hay choque de intereses, el juez es como el arbitro. Hay un demandante y un demandado. Ej. Divorcio sin mutuo acuerdo. 2.Jurisdicción Voluntaria. No hay choque de intereses y no hay demandado. Ej. Licencia que pide un padre de familia para enajenar un bien raíz de su hijo que está bajo patria potestad; interdicción por demencia. 1.Ordinario. El que lleva un trámite común. 2.Especial. Es aquel que tiene específicamente un trámite expresamente señalado en el CPC. 1.A...