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Poder General y especial

  Colombia.  Poder General Cómo su nombre lo indica, el poder que se otorga es para varias gestiones, incluso puede otorgarse para que lo represente simultáneamente en asuntos privados, administrativos y judiciales. Éste tipo de poder, es muy común cuando el otorgante por ejemplo, no está en el país, por lo que deja un poder amplio a otra persona, para que lo represente en toda clase de asuntos. Por lo anterior y por ser un poder amplio ( General ), el otorgante debe otorgarlo mediante Escritura Pública . Poder Especial A diferencia del Poder General, en el Poder Especial, es muy concreto el asunto que se delega a otro , pues sólo podrá ser para un tema específico y dirigido directamente ante el funcionario ante quien el apoderado hará las gestiones ( Señor Juez; Señor Alcalde; Señores EPS, Asamblea de Propietarios, etc .) Ejemplos: El que le otorgamos al abogado, para que nos defienda en un proceso específico. “ Señores ....