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Matrimonio Religioso

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Un elemento novedoso en la legislación Colombiana es su relación con la Iglesia Católica. En el año 1973 Colombia firmó un concordato con el estado Vaticano. De esa forma la ley colombiana reconoce la validez jurídica de los matrimonios celebrados conforme al rito católico. Cualquier boda realizada en la Iglesia Católica tiene el mismo trato legal que una realizada por el procedimiento civil. De acuerdo a la ley 25 de 1992, se estableció que la ley de divorcio deja sin efecto el matrimonio religioso, no así para la Iglesia Católica cuya concepción es sacramental. Eso implica que aunque el estado colombiano considera que la pareja no está casada, eso no procede en el derecho canónico eclesial. Para que la Iglesia anule un matrimonio es preciso acudir al Tribunal Eclesiástico que sigue un procedimiento totalmente diferente. Para los únicos efectos que es necesario este trámite es por si alguien de la pareja quisiera en algún otro momento volver a casarse bajo el rito catól