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Derecho de Obligaciones

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La palabra obligación se deriva del latín OB- LIGARE, OB que significa dejar y LIGARE que significa atar, ligar, amarrar. La obligación es un vínculo jurídico en virtud del cual una persona está sujeta respecto de otra a cumplir una prestación, es decir, a ejecutar un hecho o a practicar una abstención, pudiendo la segunda compelerla al cumplimiento de ese acto o de esa omisión. Aunque el C.C. no consagra la definición del fenómeno obligatorio, su art. 1495, sin embargo, dice que en virtud del contrato una parte se obliga con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa, expresiones que indican los diversos géneros de conducta que, por fuerza de la obligación, una persona puede estar en el deber de adoptar con respecto a otra. LA OBLIGACIÓN EN DERECHO ROMANO La definición de la obligación es en su esencia, la misma que nos enseñan los expositores antiguos y modernos y que, el derecho positivo ha recogido a través de las diversas épocas de su historia. En el viejo derec